Nuevo revés judicial para la Diputación de Sevilla, a la que se le amontonan ya varios fallos desfavorables en materia administrativa en los últimos meses. La jueza del juzgado de Instancia de Sevilla, en su sección Contencioso-Administrativo número 13, ha ordenado la anulación de la elección a dedo de nada menos que 35 empleados de alto rango, concretamente de jefaturas de servicios y direcciones de centro, afectando, por tanto, a ese alto número de nombramientos, que quedan invalidados judicialmente. El fallo del Tribunal de Instancia de Sevilla, fechado el pasado 22 de mayo, ordena la ejecución forzosa de la sentencia que anuló este sistema de libre designación que se había levantado de manera encubierta para 35 jefaturas de servicio y direcciones de centro de la Diputación de Sevilla. Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, «este sistema de provisión de puestos de trabajo excluye la participación de funcionarios que podrían optar si la provisión fuera en virtud de un concurso general». Así las cosas, el fallo declara la nulidad de los intentos de la Diputación de Sevilla que preside Javier Fernández por «convalidar» los nombramientos tras el fallo judicial, advirtiendo que un acto anulado «deja de existir en la esfera jurídica». De este modo, tres años después de que el caso fuese denunciado, el Tribunal de Instancia de Sevilla pone fin a la estrategia de la Diputación de Sevilla acerca de este asunto. La resolución judicial ordena la ejecución forzosa de la sentencia 166/2024, la cual «ya había invalidado el sistema de concurso específico para la provisión de 35 puestos clave de la estructura funcionarial, por una palmaria falta de motivación», explican desde CSIF Diputación de Sevilla. Estos mismos responsables sindicales tildan de «demoledor» el auto judicial contra la estrategia empleada por la administración provincial, ya que a juicio de este el ente pretendió «salvar la ilegalidad mediante un acuerdo de pleno destinado a 'convalidar' y dotar de motivación sobrevenida a unos puestos que la Justicia ya había borrado del mapa legal», establecen. Entre los puestos, se encuentran jefes de servicio de la RPT de personal funcionario, adscrito a áreas tales como la de concertación o la de cultura y ciudadanía; también jefes de servicios de mantenimiento y servicios generales, o directores de residencias, como la de Marchena o la de San Ramón, entre otros. El juez destaca el pronunciamiento recogido en los fundamentos de derecho a este respecto: «No es posible acudir al instituto de la convalidación de actos administrativos (...) cuando dicho acto ya ha sido anulado por sentencia judicial firme, que tiene como efecto que deja de existir en la esfera jurídica», matizan. Con esta decisión, la Justicia declara la nulidad de todos los actos dictados por la Diputación al objeto de intentar salvar el sistema de provisión que ahora queda anulado. Para CSIF, sindicato que ha encabezado este litigio desde su origen en 2023, este auto proveniente de la sección Contencioso-Administrativo número 13 «desmonta definitivamente la maniobra de la Diputación de Sevilla para mantener a los ocupantes de estas jefaturas bajo un sistema menos garantista que el concurso ordinario», establecen. La situación afecta a esos 35 puestos de jefaturas de servicio y direcciones de centro, cuyos nombramientos quedan anulados judicialmente. La Diputación ha seguido tramitando asuntos ya resueltos, «con lamentables consecuencias para la institución y para la plantilla afectada», esgrimen desde el sindicato. La firmeza del tribunal no queda únicamente circunscrito a la anulación técnica de los puestos. El auto es a todas luces una advertencia formal a las autoridades y funcionarios responsables de que, en caso de persistir en el incumplimiento, se enfrentan a multas coercitivas de 150 a 1.500 euros , la deducción de testimonio para exigir responsabilidades penales por un posible delito de desobediencia judicial e indemnizaciones por daños y perjuicios derivados del incumplimiento en la ejecución. Cabe reseñar que este conflicto se remonta a la modificación de la relación de puestos de trabajo (RPT) de mayo de 2023, donde la Diputación de Sevilla implantó «de golpe» el concurso específico para puestos que tradicionalmente se proveían de forma ordinaria. La sentencia 166/2024 de diciembre de 2024 ya determinó que este cambio carecía de la «más mínima motivación», y dos años después este auto vuelve a ratificar lo sucedido. Pese a la claridad del fallo, la Diputación de Sevilla ha intentado esquivar el mandato judicial mediante informes jurídicos y acuerdos plenarios que ahora el tribunal declara radicalmente nulos. El órgano, preguntado por este periódico, confirma que «acata» la sentencia y procede a «la anulación de esos concursos». Además, señala que, «previsiblemente se llevará al pleno de julio» una nueva modificación de plantilla negociada con los sindicatos en la que se determinará cómo se cubrirá cada uno de esos puestos, «algunos por concurso general, otros por concurso específico». Adicionalmente, CSIF exige que estos procesos «se paren ya» y se proceda a «una ordenación de los recursos humanos basada en el rigor legal y en los principios de igualdad, mérito y capacidad».