Durante la Feria de Sevilla , miles y miles de mujeres acuden al Real ataviadas para la ocasión, con el tradicional traje de flamenca ; una vestimenta ajustada, larga y que realza la silueta, pero que no se caracteriza precisamente por su comodidad. Ahora bien, pocas se privan de ponérselo . De hecho, se sale de casa ya con todo preparado, en disposición de tomar el camino más cómodo y rápido hasta Los Remedios; este puede ser andando, en autobús o en metro , pero también en coche. Si ya de por sí no es cómodo el traje de flamenca para ir caminando con él puesto por las calles del Real, mucho menos lo es para sentarse en el asiento del conductor y dirigirse hacia la Feria. Para muchas personas puede no ser eso un problema. Sin embargo, hay quien desconoce aún hasta qué punto esta vestimenta puede influir en la conducción y si existe algún tipo de limitación legal. La normativa de la Dirección General de Tráfico no recoge de forma explícita ninguna prohibición sobre conducir con traje de flamenca; es decir, no existe una regla concreta que señale esta vestimenta como inadecuada para ponerse al volante. Sin embargo, la ausencia de una prohibición directa no implica que cualquier prenda sea válida en todas las circunstancias, ya que la valoración puede depender de cómo afecte a la conducción. En este sentido, el criterio de los agentes cobra un papel importante. Si consideran que el traje limita los movimientos, reduce la visibilidad o dificulta mantener una postura segura al conducir, podrían sancionar a la conductora. Estas multas suelen apoyarse en el artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación , que obliga al conductor a «mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía». En función de la situación, la sanción podría oscilar entre los 80 y los 200 euros .