El Supremo avala la expulsión de un cabo por difundir bulos sobre menores migrantes en redes
El Guardia Civil difundió un video grabado en China, asegurando que eran menores marroquíes que “violan” en España
La Sala Militar del Tribunal Supremo ha confirmado este jueves la sanción disciplinaria y expulsión del cargo de un cabo primero de la Guardia Civil por difundir bulos contra menores no acompañados (MENAS) marroquíes en su cuenta de la red social X, antes Twitter. Además, condena al guardia a 15 meses de prisión, a una multa de 1.620 euros y la confiscación de los perfiles en redes sociales por dos años.
La penalización fue impuesta por la ministra de Defensa, Margarita Robles, al considerar que las publicaciones atentaban contra la dignidad de los menores con motivos discriminatorios. Ahora el Supremo la ratifica.
- Los hechos. El que fuere cabo subió a su cuenta de Twitter en julio de 2019 un vídeo acompañado de un texto que decía: «Aquí tenéis el video del MENA marroquí de Canet de Mar, a esos que le vamos a dar la paguita hasta los 23 años, los niños de Pedrito Piscinas. Por cierto, luego para más INRI la viola, estos energúmenos y estas manadas de marroquís no saldrán en los medios».
- En el video se podía ver como un hombre agredía a una mujer hasta dejarla inconsciente. Seguidamente le intentaba bajar los pantalones y la arrastraba hasta desaparecer del campo de visión de la cámara de vigilancia que grababa los hechos. La realidad es que la grabación se hizo en junio de 2019 en China.
El Supremo ha determinado que el guardia publicó la noticia falsa “movido por su animadversión y rechazo a los inmigrantes extranjeros de origen marroquí […] con el fin de difamar de forma global e injusta a los menores no acompañados procedentes de otros países que vienen a nuestro país asociándoles de forma generalizada con actos violentos y agresiones sexuales”.
El perfil de la red social X del acusado, según la sentencia, “contenía múltiples publicaciones de naturaleza xenófoba y racista con supuestas informaciones deformadas y/o falsas sobre los inmigrantes en general, todas ellas presididas por idéntico rechazo frontal a la presencia de extranjeros en España, especialmente si son magrebíes y/o musulmanes”.
Fuentes
Sentencia del Tribunal Supremo