Renta 2023 | Las deducciones autonómicas para los contribuyentes de la Comunidad Valenciana
Estas son las 37 deducciones de las que se pueden beneficiar los ciudadanos de la Comunidad Valenciana siempre que cumplan los requisitos.
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El 3 de abril arrancó la campaña de renta 2023 que finaliza el 1 de junio. Es momento de leer atentamente las deducciones generales y las autonómicas propias de la comunidad donde residas. ¿De qué deducciones se pueden beneficiar los contribuyentes de la Comunidad Valenciana en la declaración de la renta 2023?
Estas son las 37 deducciones que tiene para esta declaración la Comunidad Valenciana. Si tu residencia habitual está en dicho territorio, revisa si cumples los requisitos específicos en cada una de ellas y puedes beneficiarte:
- Por nacimiento, adopción o acogimiento familiar
- Por nacimiento o adopción múltiples
- Por nacimiento o adopción de hijos con discapacidad
- Por familia numerosa o monoparental
- Por las cantidades destinadas a la custodia no ocasional en guarderías y centros de primer ciclo de educación infantil de hijos o acogidos en la modalidad de acogimiento permanente, menores de tres años
- Por conciliación del trabajo con la vida familiar
- Por discapacidad del 33% o más, de edad igual o superior a 65 años
- Por ascendientes mayores de 75 años o mayores de 65 años con discapacidad
- Por contrato indefinido a Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social para el cuidado de personas
- Por obtención de rentas derivadas de arrendamientos de vivienda, cuya renta no supere el precio de referencia de los alquileres privados de la Comunitat Valenciana
- Por primera adquisición de vivienda habitual para contribuyentes de 35 años de edad o menos
- Por adquisición de vivienda habitual por personas con discapacidad
- Por cantidades destinadas a la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual, procedentes de ayudas públicas
- Por arrendamiento o pago para la cesión en uso de la vivienda habitual
- Por arrendamiento de una vivienda, como consecuencia de la realización de una actividad, por cuenta propia o ajena, en distinto municipio
- Por cantidades invertidas en instalaciones de autoconsumo o de generación de energía eléctrica o térmica a través de fuentes renovables
- Por donaciones con finalidad ecológica
- Por donaciones de bienes integrantes del Patrimonio Cultural Valenciano
- Por donativos para la conservación, reparación y restauración de bienes integrantes del Patrimonio Cultural Valenciano
- Por la conservación, reparación y restauración de bienes integrantes del Patrimonio Cultural Valenciano
- Por donaciones destinadas al fomento de la Lengua Valenciana
- Por donaciones o cesiones de uso o comodatos para otros fines de carácter cultural, científico o deportivo no profesional
- Por contribuyentes con dos o más descendientes
- Por el incremento de los costes de la financiación ajena en la inversión de la vivienda habitual
- Por cantidades destinadas a la adquisición de material escolar
- Por obras de conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la vivienda habitual en 2023 o en 2014 y 2015
- Por cantidades destinadas a abonos culturales
- Por adquisición de vehículos nuevos pertenecientes a las categorías incluidas en la Orden 5/2020, de 8 de junio
- Por inversión en adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación
- Por residir habitualmente en un municipio en riesgo de despoblamiento
- Por las cantidades satisfechas en tratamientos de fertilidad realizados en clínicas o centros autorizados
- Por cantidades satisfechas en determinados gastos de salud
- Por cantidades satisfechas en gastos asociados a la práctica del deporte y actividades saludables
- Por cantidades procedentes de ayudas públicas concedidas por la Generalitat a trabajadores afectados por un ERTE o por reducción de jornada laboral por conciliación familiar con motivo de la declaración del estado de alarma por la crisis sanitaria provocada por la Covid-19
- Por donaciones dinerarias dirigidas a financiar programas de investigación, innovación y desarrollo científico o tecnológico en el campo del tratamiento y prevención de las infecciones producidas por el Covid-19
- Por donaciones para contribuir a la financiación de los gastos ocasionados por la crisis sanitaria producida por la Covid-19
¿Por qué hay deducciones autonómicas diferentes según el territorio? El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un impuesto cedido parcialmente a las comunidades autónomas, como indica la Ley Orgánica 8/1980. Por eso tienen sus propias competencias normativas y, en el caso concreto del IRPF, pueden fijar la cuantía del mínimo personal y familiar, la regulación de la tarifa y las deducciones de la cuota como en este caso Comunidad Valenciana.
Fuentes
Agencia Tributaria