Primero la baja de paternidad, después la de maternidad
La justicia reconoce a un padre por vientre de alquiler su derecho a percibir las 16 semanas de prestación
Han pasado tres años desde que lo solicitó. Ahora el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha reconocido a un hombre el derecho a percibir el permiso de maternidad después de haber disfrutado de la baja por paternidad. La que le concedieron a pesar de que había solicitado desde el principio la de maternidad, que le fue denegada. Ambas prestaciones son incompatibles, por lo que la sentencia precisa que el demandante puede disponer de las semanas que le corresponderían, tras restar de la prestación de maternidad la que ya disfrutó por paternidad. El tiempo para cuidar de su hija no lo puede recuperar, pero sí la cuantía de los días que trabajó teniendo derecho a quedarse en casa para cuidar del bebé, explica su abogado, Juan Carlos Lois. Y, sobre todo, la “satisfacción de ver que se reconoce la injusticia”. Esta es la segunda sentencia que le consta al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que da la razón a un padre en estas circunstancias.