La ley lo deja claro: estas son las opciones de teletrabajo que tienes si cuidas a un familiar con discapacidad
La reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia y del Tribunal Superior de Justicia de Navarra han vuelto a poner el foco en el derecho a la conciliación de los trabajadores que están a cargo de familiares que cuentan con una discapacidad.
Mientras en el primer caso le concedían a una madre el derecho a trabajar desde casa la jornada completa para cuidar de sus 2 hijos con discapacidades, tras la negativa de su empresa, en la segunda sentencia se le concedía a otra mujer el derecho de teletrabajar el 100% de las horas para cuidar de su madre con alzhéimer y un grado del 65% de discapacidad.
Este tipo de casos plantean varias cuestiones: ¿puedo solicitar el 100% de teletrabajo si tengo un hijo o familiar con discapacidad? ¿Cómo debe actuar mi empresa? Pedro López de Cerro, un abogado especializado en discapacidad, analiza la segunda sentencia y hace hincapié en dos puntos.
Para empezar, indica que el derecho a teletrabajar no es automático aunque debas cuidar de una persona dependiente. Aunque también añade que, por otra parte, la empresa no se puede negar sin justificación. "La empresa no tiene obligación de aceptar automáticamente lo solicitado, pero sí tiene la obligación de negociar", explica.
¿Qué casos respalda el Estatuto de los Trabajadores?
La sentencia, que se basa en el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, reconoce su derecho a "solicitar adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral".
Este derecho se le reconoce a los trabajadores en caso de que sus hijos tengan menos de 12 años, o superada la edad cuenten con necesidades de cuidado o dependencia. Esto se aplica tanto si son hijos, como si son cónyuges, pareja de hecho o familiares, siempre que sean de consanguinidad hasta el segundo grado.
El reconocimiento y la concesión de este derecho no son automáticos y el trabajador debe justificarlos y negociarlos. La ley pide que la medida se encuentre equilibrada con las necesidades tanto del trabajador como de la empresa. De hecho, las empresas están obligadas a negociar en vez de negar automáticamente.
¿Cómo se solicita el teletrabajo en caso de cuidar a una persona con discapacidad?
Los que deseen adquirir el teletrabajo deberán mandar una petición por escrito de adaptación al amparo del artículo 34.8. En esta petición se deberá desarrollar el motivo por el que se necesita el teletrabajo y qué porcentaje se busca tener.
Pedro señala que "la solicitud deberá explicar cuál es la necesidad completa, qué medida se propone y por qué esa solución puede permitir compatibilizar las responsabilidades familiares con el trabajo". Además, se deberá acompañar de la documentación pertinente necesaria para acreditar por qué es necesario el teletrabajo solicitado.
