Interior lo confirma: llevarte un objeto militar a casa puede costarte hasta 30.000 euros
La normativa española es inequívoca: poseer en un domicilio particular un objeto militar, un arma prohibida o cualquier pieza considerada material de guerra sin autorización puede suponer multas de hasta 30.000 euros.
La base jurídica se encuentra en la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana, cuyo artículo 36.10 tipifica como infracción grave la tenencia, exhibición o uso de armas prohibidas o de armas reglamentadas sin licencia, con sanciones que oscilan entre 601 y 30.000 euros.
Esta disposición se aplica incluso cuando el ciudadano no tiene intención de utilizar el objeto, lo desconoce o lo conserva como recuerdo, hallazgo o herencia.
El Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, amplía el alcance de esta regulación al incluir como armas prohibidas no solo las armas convencionales, sino también objetos camuflados, piezas que puedan funcionar como armas blancas y cualquier elemento militar que no haya sido desmilitarizado oficialmente.
Esto implica que una vaina, un proyectil, una granada antigua, un arma de fuego sin inutilizar o incluso un objeto aparentemente inofensivo que oculte un filo o un mecanismo pueden considerarse material de guerra si no han pasado por un proceso de desactivación certificado.
Una normativa estricta que convierte muchos objetos militares domésticos en infracciones graves
La Guardia Civil aplica estos criterios en intervenciones habituales en viviendas donde aparecen objetos militares procedentes de mudanzas, obras, herencias o compras impulsivas. En todos los casos, la ley establece que la mera posesión no autorizada es sancionable, independientemente de la intención del propietario.
Cuando el material conserva capacidad operativa o explosiva, la situación puede derivar en responsabilidades penales. El Código Penal, en sus artículos 566 y 567, contempla penas de prisión para los delitos de depósito de armas, municiones o explosivos, lo que convierte algunos hallazgos domésticos en un riesgo legal mucho mayor del que muchos ciudadanos imaginan.
Interior mantiene un criterio preventivo: cualquier objeto militar no controlado supone un riesgo para la seguridad pública y debe ser retirado del entorno civil. Por ello, existe un procedimiento para quienes descubran que poseen uno de estos objetos.
La recomendación oficial es no manipularlo, no trasladarlo y entregarlo voluntariamente en un cuartel de la Guardia Civil, lo que permite su retirada sin sanción. La clave jurídica es que la entrega voluntaria elimina la infracción administrativa, pero la tenencia no autorizada mantenida en el tiempo sí puede derivar en multas elevadas.
En un contexto en el que proliferan objetos militares antiguos, piezas adquiridas por internet o hallazgos fortuitos en viviendas y terrenos, la advertencia legal es clara: llevarse un objeto militar a casa puede convertirse en una infracción grave con sanciones que alcanzan los 30.000 euros, y en algunos casos, incluso en un delito.
