Ayudas de hasta 4.000 euros para contratar a empleadas del hogar: requisitos y cómo solicitar la prestación en Madrid
La conciliación familiar es para muchas familias un gran problema en la actualidad. Existen multitud de casos en los que padres y madres soportan una gran responsabilidad, con jornadas laborales extensas y multitud de tareas por hacer tras acabar con el horario de trabajo.
Es por ello que desde la Comunidad de Madrid, al igual que en otros muchos ámbitos, ha lanzado una ayuda económica para apoyar a estos ciudadanos en sus labores como padres. En concreto, se trata de una ayuda social para las familias dirigida a la contratación de personal del hogar.
El objetivo de la subvención no es otro que el de aliviar la carga que soportan muchos padres a través de la contratación de un empleado que ayude en tareas cotidianas del hogar y en el cuidado de menores o familiares dependientes.
¿Quién puede acceder a la ayuda?
Esta subvención, aprobada en un acuerdo de Gobierno de mayo de 2023 y publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), se enmarca en el programa de incentivos para favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar.
Sin embargo, no cualquier persona tiene derecho a solicitarla. Según se recoge en la página oficial de la Comunidad de Madrid, la ayuda está dirigida a personas titulares del hogar familiar que contratan a una persona empleada de hogar para el cuidado de:
- Hijos menores de 12 años, o en su caso, menores de 18 años con discapacidad, ya lo sean por naturaleza o adopción o régimen de tutela o acogimiento familiar.
- Otros familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, con discapacidad igual o superior al 50% o en situación de dependencia.
Requisitos para solicitar la prestación
En cuanto a las condiciones requeridas, la Comunidad de Madrid exige que el solicitante cumpla con lo siguiente:
- Residir de forma efectiva y figurar empadronado en el mismo domicilio que el hijo o familiar para cuyo cuidado se contrata a la persona empleada de hogar. Dicho domicilio debe estar ubicado en cualquier municipio de la Comunidad de Madrid.
- En el supuesto de contratación de la persona empleada de hogar para el cuidado de hijos menores de 12 años o menores de 18 con discapacidad, la persona o personas progenitoras deben ejercer una actividad retribuida por cuenta propia o ajena con una jornada a tiempo completo durante el período subvencionable.
- Ninguna de las personas progenitoras que convivan con el menor puede encontrarse en situación de permiso por maternidad, paternidad, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, excedencia o reducción de jornada.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no tener deudas con la Comunidad de Madrid.
- La renta per cápita de la unidad familiar no puede ser igual o superior al límite de 30.000 euros.
Para más información, es recomendable acceder a la página web de la Comunidad de Madrid para comprobar posibles interrogantes.
Cuantías disponibles y plazos
La cuantía de la subvención depende de la renta per cápita familiar: si es inferior a 20.000 euros, la ayuda cubrirá el 100 % del coste subvencionable, mientras que si si se encuentra entre 20.000 y 29.999 euros, el 60 %. Las familias monoparentales optan siempre al máximo, salvo que superen los 30.000 euros, umbral a partir del cual no se concede la ayuda.
Por su parte, el plazo quedará abierto hasta el próximo 30 de abril de 2026, momento en el que la sede electrónica retirará la posibilidad de solicitar la ayuda.
