La norma que pocos trabajadores conocen: las empresas pueden despedir a los empleados si no avisan de la baja médica
Las bajas laborales son un instrumento de protección de todos los trabajadores en España. Se trata de un derecho que tiene cualquier empleado cuando sufre una enfermedad o un accidente, permitiéndole poder ausentarse de su jornada laboral de manera temporal por problemas de salud.
En este sentido, una de las condiciones para poder acceder a este derecho es que la empresa quede notificada de la baja. Normalmente, son los médicos que diagnostican el problema del ciudadano los encargados de comunicar a la empresa la incapacidad temporal del trabajador. A través de un registro, la empresa puede acceder a los partes de baja y alta médica, todo con el objetivo de liberar responsabilidades al trabajador.
Sin embargo, el empleado no debe descuidar la comunicación con la empresa cuando se producen este tipo de situaciones. Y es que las empresas tienen la legitimidad de poder despedir a sus trabajadores cuando estos no avisan de una baja médica. Una situación que, a pesar de ser excepcional, es importante tener en cuenta.
El convenio colectivo puede avalar el despido de la empresa
Lo más frecuente es que sean los médicos pertinentes los que comuniquen cualquier cambio en el estado de salud del trabajador, por lo que el ciudadano se puede desentender de esta labor. Sin embargo, existe una excepción que no exime a los trabajadores de esta notificación.
En concreto, varias sentencias de la Audiencia Nacional y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid avalan que no avisar a las empresas de esos periodos de baja puede suponer un incumplimiento, siempre que se recoja la obligación en el convenio.
Esto implica que si el convenio colectivo refleja la necesidad de notificar a la empresa una incapacidad temporal, el trabajador estará obligado a hacerlo. En caso contrario, podría ser catalogado como un incumplimiento de la normativa, derivando en despidos en los casos más graves.
Asimismo, el Estatuto de los Trabajadores recoge que uno de los deberes del empleado es cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad con las reglas de la buena fe y diligencia, donde entraría esta comunicación expresa con la compañía.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid lo confirma
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado la procedencia de despido disciplinario de una trabajadora que no avisó a su empresa de su baja médica, pese a que el parte fue remitido por la Seguridad Social. La empresa entendía que era imprescindible la comunicación directa entre empleado y empresa, a pesar de existir la digitalización del sistema de partes médicos.
La empleada, que prestaba servicios como camarera en un restaurante, llevaba apenas seis meses trabajando en la empresa con un contrato indefinido. El 13 de marzo de 2024 sufrió un aborto, y el 1 de abril inició una incapacidad temporal. Sin embargo, no comunicó su situación a la empresa, ni respondió a las llamadas de sus responsables, quienes no tuvieron conocimiento oficial de la baja hasta el día 4, cuando la Seguridad Social remitió el parte.
En ese intervalo de tres días, la trabajadora ni acudió a su puesto ni notificó que no lo haría. Ante estos hechos, y teniendo en cuenta que ya había sido sancionada en tres ocasiones anteriores por distintos incumplimientos, la empresa optó por despedirla alegando reincidencia y falta de buena fe contractual.
España lidera el absentismo por incapacidad temporal
Las bajas laborales son muy frecuentes en España. Y es que el país lidera la clasificación europea de absentismo por incapacidad temporal, con un 6,5% de la población ocupada, es decir, 1,5 millones de trabajadores, muy por delante de países como Francia, Italia y Alemania.
Lo más llamativo es como estos números se han ido incrementando exponencialmente en los últimos años. Según la AIReF, entre 2017 y 2024 el número de bajas laborales ha aumentado en un 60% y, además, su duración ha crecido un 15%.
Unos datos que se traducen en un gasto por parte de la Seguridad Social de 16.500 millones de euros en 2024.
