¿Ha fracasado el Derecho Internacional de los Derechos Humanos?, por Julissa Mantilla
Cuando en 1945 se creó Naciones Unidas, el objetivo fue evitar que se repitieran los hechos del Holocausto. En ese momento, el Derecho Internacional clásico se centraba en las relaciones entre Estados, ya que la población era protegida por cada nación. Sin embargo, la guerra demostró que había que repensar el esquema internacional y, por ello, se elaboraron la Declaración Universal y los tratados de Derechos Humanos.
Progresivamente, la jurisdicción internacional se convirtió en la única posibilidad de justicia para las víctimas de violaciones de derechos humanos que no tenían posibilidades a nivel nacional.
Sin embargo, la carencia de mecanismos coercitivos del Derecho Internacional ha sido entendida erróneamente como una licencia para violar normas imperativas, tratados y precedentes jurisprudenciales, reafirmando una noción de soberanía estatal absoluta que solo garantiza impunidad.
Ante ello, se dice que el Derecho Internacional ha fracasado porque no puede limitar las actuaciones estatales basadas en el uso de la fuerza ni a las dictaduras que han eternizado las violaciones de derechos.
Esta es una posición entendible, pero que desconoce que son los propios Estados los que deciden incumplir el tratado ratificado o la sentencia de la Corte Interamericana cuya competencia reconocieron, así como mantener relaciones políticas y comerciales con regímenes no democráticos mientras el costo sea menor que el beneficio.
Decretar el fracaso del Derecho Internacional de los Derechos Humanos equivale a legitimar dicha conducta, quitándole importancia a una rama jurídica que fue creada para evitar los horrores del pasado que hoy reaparecen.
Así como no tendría sentido eliminar el delito de asesinato porque se sigue asesinando, ni el de robo porque se sigue robando, negar las normas internacionales equivale a validar las acciones que las desconocen y desamparar a las personas cuyos derechos humanos son violados a diario.
