Veraz: qué significa la sigla n/a
El Veraz, es un registro de datos que responde al Banco Central de la República Argentina (BCRA): qué tipo de clasificación de deudores existe.
El Veraz, es un registro de datos que responde al Banco Central de la República Argentina (BCRA). Se trata de una empresa que averigua el estado económico de las personas e instituciones y lleva un control de todos aquellos ciudadanos argentinos que cuenten con una deuda en el sistema financiero.
Funciona como herramienta para conocer la capacidad de pago de una persona y sirve como plataforma de consulta para los bancos y empresas crediticias a la hora de otorgar un crédito, o para cualquier otra entidad o persona que necesite esa información.
Qué significa la sigla n/a en el Veraz
La sigla n/a indica que no hay datos que informar, ya sea porque no se cuenta con la información o porque no corresponde al caso incluirla. Se utiliza en formularios que contienen tablas o listados.
Es muy utilizada en los países de habla inglesa. En general se refiere a "not available", o sea, "no disponible".
Si aparece la sigla n/a en el Veraz indica que para esa celda en particular no hay datos para mostrar.
Lo que realmente importa del informe del Veraz es la clasificación del deudor que fue otorgada en cada préstamo o crédito. Si una persona tiene una situación 1 significa que está en orden, lo que implica que está cumpliendo normalmente y que ese banco no registra deudas impagas.
Si la persona, en cambio, tiene una situación que va de 2 a 5 de Veraz significa que figura como morosa porque tiene deudas impagas. Esto quiere decir que, en la última actualización mensual, ese banco informó al Banco Central que tiene un atraso en el pago de tus deudas.
Según la cantidad de días de atraso estarás en un nivel más o menos grave:
- Normal: atraso en el pago que no supere los 31 días.
- Riesgo bajo: atraso en el pago de más de 31 y hasta 90 días desde el vencimiento.
- Riesgo medio: atraso en el pago de más de 90 y hasta 180 días.
- Riesgo alto: atraso en el pago de más de 180 días hasta un año.
- Irrecuperable: atrasos superiores a un año.
- Irrecuperable por disposición técnica: deuda con una entidad. Se deberá aclarar la situación con la ex entidad que hubiera otorgado en su momento una financiación, consultando al administrador.