Sala Constitucional admite amparo contra Laura Fernández por presunta falta de respuesta sobre mora del Tribunal Ambiental
La Sala Constitucional dio curso a un recurso de amparo presentado contra la presidenta de la República, Laura Fernández, en el que se alega la vulneración del derecho de petición y pronta respuesta, reconocido en el artículo 27 de la Constitución Política, así como del derecho a una justicia pronta y cumplida, previsto en el artículo 41 de la Carta Magna.
El recurso, tramitado bajo el expediente 26-020694-0007-CO, fue interpuesto el 20 de julio por la Asociación Confraternidad Guanacasteca. También se dirige contra el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) y el Tribunal Ambiental Administrativo (TAA).
Según el Departamento de Comunicación de la Sala Constitucional, la asociación sostiene que el 16 de mayo presentó una gestión ante la Presidencia de la República para solicitar medidas que permitieran atender la mora que enfrenta el Tribunal Ambiental Administrativo.
La organización afirmó que aunque esa gestión fue trasladada al Minae y al TAA, ninguna de las autoridades recurridas respondió de forma concreta a las solicitudes planteadas.
Entre las medidas solicitadas al Poder Ejecutivo figuran la asignación de recursos al Tribunal Ambiental Administrativo, el establecimiento de métricas y plazos para resolver los expedientes y la adopción de acciones que garanticen el nombramiento oportuno de jueces.
Asimismo, la asociación señaló que ninguna de las autoridades se pronunció sobre el fondo del expediente administrativo 174-09-03-TAA, correspondiente al caso del Hotel RIU Guanacaste, el cual, indicó, permanece sin una resolución firme desde hace 17 años.
El recurso añade que tras la presentación de esa gestión, el TAA remitió un oficio en el que se expone la congestión que enfrenta ese órgano, con más de 4.560 expedientes en trámite y otros 317 en fase de seguimiento de la ejecución.
En ese contexto, la Asociación Confraternidad Guanacasteca cuestionó que esa carga de trabajo afecta el acceso a una justicia ambiental pronta y cumplida.
Además, ante la falta de respuesta a la gestión, la asociación solicitó a los magistrados determinar si el correo electrónico utilizado para presentarla constituye un medio oficial para la recepción de solicitudes de los usuarios.
