El CGPJ descarta por ahora medidas "de emergencia" en los juzgados de las zonas afectadas por los incendios
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) descarta por ahora adoptar medidas extraordinarias en los juzgados y tribunales de las zonas afectadas por los incendios, tras constatar que funcionan con normalidad. El órgano de gobierno de los jueces adopta esta decisión tras analizar la información remitida por las presidencias de los Tribunales Superiores de Justicia de Madrid, Castilla y León, Castilla-La Mancha y la Comunidad Valenciana, que le han trasladado que las sedes judiciales de las localidades de Madrid, Ávila, Toledo y Castellón afectadas por los incendios están abiertas y funcionando con normalidad dentro de las graves circunstancias que ha provocado la extensión de las llamas.
A la vista de esta información, la Comisión Permanente considera que la situación, por el momento, no requiere de la adopción de las medidas extraordinarias previstas en el protocolo de actuación judicial en situaciones de emergencia y catástrofe aprobado por el Pleno de la institución el pasado día 22
Dicho protocolo prevé "mecanismos de respuesta inmediata" en supuestos de "indisponibilidad de medios tecnológicos o infraestructuras esenciales" e integra, además, la actuación judicial en los sistemas de protección civil, "con pleno respeto a la independencia judicial", y asimismo "sistematiza las medidas organizativas, operativas y procesales aplicables en cada nivel de emergencia y catástrofe".
"Caso por caso"
Pero por ahora, según el CGPJ, no se dan las premisas necesarias a juzgar por la evaluación efectuada por los tribunales superiores, por lo que las situaciones puntuales pueden ser atendidas jurisdiccionalmente, "caso por caso", con las herramientas que proporciona el ordenamiento jurídico, "interpretadas de conformidad con la situación excepcional que se vive en los municipios y partidos judiciales afectados por los incendios".
La Comisión Permanente toma nota de las peticiones efectuadas tanto desde el Consejo General de la Abogacía Española como por parte del decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) solicitando la suspensión de señalamientos y plazos procesales, y otras medidas extraordinarias en los partidos judiciales afectados.
Pero a este respecto acuerda por ahora "mantener el seguimiento" de la situación que ya se ha venido efectuando durante el pasado fin de semana "por si hubiera lugar a adoptar algún tipo de medida".
Protección "reforzada" a personas vulnerables
La actualización del protocolo frente a catástrofes aprobado el Pleno del CGPJ la semana pasada refuerza la preparación del sistema judicial ante situaciones de emergencia incorporando planes de continuidad, la realización de ejercicios de preparación y "mecanismos de evaluación, seguimiento e incorporación de mejoras" con el objetivo de garantizar "una respuesta eficaz y su actualización constante".
Si finalmente se aplica, se haría en el denominado nivel 2, al afectar extenderse los incendios "al territorio de varias comunidades autónomas". El plan prioriza una protección "reforzada" a personas en situación de vulnerabilidad, prestando especial atención a "la infancia y a la adolescencia, personas con discapacidad, personas mayores, víctimas de violencia de género, violencia sexual, trata de seres humanos y demás colectivos especialmente expuestos a los efectos de la emergencia".
En estos supuestos, el CGPJ está capacitado para acordar la habilitación e inhabilitación de días y horas a efectos procesales y a solicitar a las administraciones competentes "los medios personales y materiales necesarios para afrontar la situación", incluyendo en su caso "los equipos de protección individual y demás elementos necesarios para garantizar la salud de jueces, juezas, magistrados y magistradas en el ejercicio de la función jurisdiccional".
Suspensión "generalizada" de señalamientos
El protocolo deja la puerta abierta a que por parte de las presidencias de los tribunales superiores de cada comunidad autónoma se acuerde "el cierre total o parcial" de las sedes judiciales o la modificación temporal de su utilización, distribución o funcionamiento "cuando el acceso a las mismas resulte imposible, cuando su utilización suponga un riesgo para la seguridad de las personas o cuando tales medidas resulten necesarias para garantizar la continuidad del servicio público de Justicia durante la situación de emergencia o catástrofe2.
Cuando las autoridades competentes emitan alertas de protección civil que prevean "situaciones de riesgo que aconsejen la limitación temporal de la actividad presencial en los locales judiciales", podrá acordarse por parte del CGPJ (y excepcionalmente por las Salas de Gobierno) la "suspensión generalizada" de los señalamientos y de las actuaciones programadas en el ámbito territorial afectado.
En todo caso, deja claro que tendrán carácter "prioritario" la celebración o tramitación de las actuaciones con personas detenidas o privadas de libertad, las medidas cautelares urgentes, las órdenes de protección y demás actuaciones en materia de violencia sobre la mujer, violencia sexual, protección de menores, internamientos no voluntarios y trata de seres humanos, así como de aquellas otras que afecten a personas especialmente vulnerables o cuyo aplazamiento "pudiera ocasionar un perjuicio irreparable".
