Nadie lo sabe: el retraso en la nómina puede hacer que cobres un 10 por ciento extra
Más allá de las vacaciones o los días festivos, uno de los momentos más esperados por los trabajadores es la fecha en la que su banco les notifica la llegada de su nómina. De hecho, si esta notificación no llega o se dilata más allá de los habitual, puede provocar ciertas dosis de estrés y preocupación en el trabajador. Aunque algunas empresas suelen hacerlo en un plazo que puede variar en uno o dos días, el retraso puede provocar que la compañía deba pagar una compensación económica del 10 por ciento a sus empleados.
El Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, más conocido como la Ley del Estatuto de los Trabajadores, se redactó para garantizar los derechos y obligaciones tanto de los empleados como de sus empleadores. Por ello, en sus artículos regula y da respuesta a algunas de las problemáticas que pueden surgir a la hora de emitir las nóminas de los asalariados. Entre estas cuestiones, figura la entrega fuera de plazo del salario.
¿Cuánto se puede retrasar la empresa en pagar la nómina?
Según estipula el estatuto, en su artículo 29, referente a la liquidación y al pago, estos deben realizarse de forma "puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres". Asimismo, establece que el plazo para realizar este pago "no podrá exceder de un mes". Por lo que las empresas tienen la obligación de emitir las nóminas de sus trabajadores antes de que finalice el periodo legal.
En caso de que la compañía se exceda del plazo de un mes estipulado por el Real Decreto, la normativa recoge las consecuencias que debería hacer frente la empresa para no caer en la ilegalidad. Según el artículo 29.3, "el interés por mora en el pago del salario será del diez por ciento de lo adeudado". Por ello, la organización deberá emitir la nómina más un incremento extra del 10 por ciento para compensar a sus trabajadores.
Esto quiere decir que si el asalariado debe recibir 1.300 euros en una fecha determinada, pero la empresa emite su nómina con retraso, este ingreso deberá incluir el importe total más 130 euros adicionales correspondientes al interés por demora. Asimismo, no será necesario que el empleado reclame este dinero a la empresa, puesto que, según la Sentencia del Tribunal Supremo 2065/2025, de 8 de mayo, este abono adicional debe realizarse de forma automática una vez se supere la fecha establecida.
¿Qué puede hacer el trabajador si una compañía se retrasa en el pago de la nómina?
Si posteriormente el empleado recibe la nómina sin el 10 por ciento adicional correspondiente o directamente no ha recibido su salario, este debe presentar un escrito en el que indique que el pago del salario se hizo fuera del plazo estipulado y sin el interés establecido por ley. En este documento debe aparecer la cifra que la empresa debe abonarle y solicitar expresamente el interés correspondiente. Además, en caso de ser una práctica habitual de la compañía, también se puede informar de su situación a Inspección de Trabajo para que intervenga y obligue a restablecer la legalidad.
Sin embargo, cabe recordar que el asalariado tiene un periodo de 12 meses para poder reclamar esta situación. En caso de complicaciones, lo más recomendado por los expertos es consultar con un abogado especializado en derecho laboral, pues este podrá asesorar a cada trabajador dependiendo de sus circunstancias personales y las de la empresa.
