Oficial y confirmado para el sector público | Este es el tiempo máximo que duran los contratos CAS según la nueva Ley N.° 32563
La Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) aclaró los alcances de la Ley N.° 32563 respecto a la duración de los contratos administrativos de servicios (CAS) en el sector público. A través de un informe técnico vinculante, la entidad detalló cómo se aplicará el nuevo límite de tiempo para las prórrogas y renovaciones de este régimen laboral.
La medida establece que determinados contratos CAS estarán sujetos a un plazo máximo de 5 años; sin embargo, Servir también confirmó que esta restricción no alcanzará a algunos trabajadores contratados antes de la entrada en vigencia de la norma. La aclaración busca unificar criterios en las entidades públicas y evitar interpretaciones incorrectas sobre la continuidad de los contratos temporales.
¿Cuál es el nuevo límite de tiempo para los contratos CAS tras la aprobación de la Ley N.° 32563?
Según explicó Servir, la Ley N.° 32563 modificó el artículo 5 del Decreto Legislativo N.° 1057 e incorporó tres modalidades para los contratos CAS: a plazo indeterminado, a plazo determinado y supeditados a la confianza. Dentro de estos cambios, la norma fija un límite máximo de cinco años para las prórrogas o renovaciones de determinados contratos administrativos de servicios.
La precisión fue desarrollada en el Informe Técnico N.° 965-2026-SERVIR-GPGSC, aprobado mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 076-2026-Servir-PE. De acuerdo con la entidad, el objetivo es establecer criterios uniformes sobre la aplicación de la nueva regulación laboral en todas las instituciones públicas.
Servir aclara qué trabajadores CAS no estarán sujetos al plazo máximo de 5 años
Servir indicó que el límite de 5 años no se aplicará a los contratos CAS por necesidad transitoria firmados antes del 23 de marzo de 2026, fecha en la que fue publicada la Ley N.° 32563. En consecuencia, estos trabajadores podrán continuar bajo las condiciones previamente establecidas antes de la modificación normativa.
La entidad remarcó que esta excepción busca evitar interpretaciones erróneas sobre la continuidad de los contratos temporales celebrados antes de la entrada en vigencia de la nueva ley. Además, señaló que la disposición tiene carácter vinculante para las entidades públicas encargadas de aplicar el régimen CAS.
