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León XIV, el único que puede reabrir el caso Zornoza

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El Papa es el único que puede mover ficha. Es la conclusión a la que llegan los canonistas y especialistas en acompañamiento a víctimas de abusos en el seno de la Iglesia tras ser consultados por LA RAZÓN con relación al archivo del llamado ‘caso Zornoza’. El Dicasterio para la Doctrina de la Fe ha cerrado el proceso vinculado al hoy obispo emérito de Cádiz, Rafael Zornoza, por presuntos abusos sexuales a un menor durante los años 90. Según desveló el diario El País este viernes, la decisión estaría motivada desde un «tecnicismo jurídico» que impediría juzgar al prelado por no poder confirmar si el denunciante era menor de edad cuando sucedieron los hechos. La víctima sostiene que los abusos se cometieron de los 14 a los 21 años, cuando Zornoza era rector del seminario diocesano de Getafe. Sin embargo, Doctrina de la Fe no habría podido determinar que las agresiones como tales hubieran tenido lugar antes de los 16 años, cuando la normativa vigente en el momento de los hechos marcaba ahí la mayoría de edad punible.

«Sucedería igual en el ámbito civil. Nos guste o no, Roma ha actuado con una escrupulosa limpieza jurídica», señala una de las fuentes consultadas, que justo después añade: «Eso no significa que a partir de ahí haya que lavarse las manos. Independientemente de la edad de la víctima, se puede sancionar y ejercer la justicia restaurativa, si como parece, ha habido abuso». «Creo que se ha actuado con opacidad y arbitrariedad. Si Doctrina de la Fe hubiera querido, habría aplicado la instrucción ‘Crimen sollicitationis’, vigente cuando tuvieron lugar los abusos. Permite juzgar como un ‘delicta graviora’, esto es un delito grave, las relaciones homosexuales por parte de clérigos, independientemente de la edad de la otra persona», apunta otro experto.

Antesala de viaje

A dos meses de que León XIV inicie su viaje a España, el caso se encuentra en dique seco, sin que oficialmente el Vaticano haya entrado a valorar si los hechos denunciados son o no son delito desde el punto de vista canónico. Lo cierto es que el caso llegó a Roma después de un detallado informe del Tribunal de la Rota en Madrid del que solo ha trascendido que proponía a Doctrina de la Fe abrir un proceso penal. Se deduce que los canonistas españoles sí habrían dado algo más que verosimilitud a la denuncia contra Zornoza.

«Que se sepa el archivo de la causa sin más genera un daño enorme a la credibilidad de la justicia de la Iglesia y, en general, a la lucha contra los abusos emprendida en estos últimos años”, lamenta un especialista en acompañamiento a víctimas. “Doctrina de la Fe debería haber calibrado el alcance para avisar a quien corresponda del efecto que esto causaría», critica. Como adelantó ayer LA RAZÓN, ni a la Rota ni a la Archidiócesis de Sevilla ni a la Diócesis de Getafe se les había notificado el archivo de la causa.

De ahí que la pelota se sitúe en el tejado de León XIV. “Al tratarse de un obispo, su autoridad eclesiástica inmediatamente superior es el Papa. No va a poder haber un proceso judicial, pero tras contrastar la verosimilitud de unos hechos tan execrables, sí se pueden y se deben adoptar medidas en el ámbito disciplinar”, remarca otro canonista.

El referente paradigmático en este sentido es el fallecido cardenal irlandés Keith O’Brien, que abusó al menos de dos sacerdotes y un seminarista. En febrero 2013, dos semanas después de que Benedicto XVI anunciara su renuncia, el purpurado presentaba su dimisión como arzobispo de Edimburgo por la presión que ejerció el Papa sobre él, evitando que se presentara con voz y voto un mes después en el cónclave que elegiría a Francisco. No hizo falta probar ni juzgar el delito por la vía de Doctrina de la Fe. El Papa argentino, en 2015, impuso más sanciones contra él: prohibición de ejercer el ministerio público y de participar en actos oficial, y negativa a utilizar cualquier insignia como purpurado.

El caso más reciente, de un sacerdote no obispo acusado de abusos a adultos, es el esloveno Marko Rupnik, el creador de mosaicos denunciado por una veintena de mujeres desde los años 80. Después de una investigación previa que daba verosimilitud a las acusaciones, Doctrina de la Fe llegó a decretar su excomunión, levantada cuatro meses después. Posteriormente el Vicariato de Roma también le absolvió de otra investigación paralela. Francisco fue advertido de que algo habría sido adulterado en el proceso, tomó las riendas y en octubre de 2023 levantaba la prescripción para que Doctrina de la Fe reabriera el caso. Tras desempolvar el expediente, este octubre se constituía el tribunal para juzgarlo.

La tres vías

De esta manera, siempre según los expertos en Derecho Canónico consultados, León XIV tendría tres posibles opciones para actuar: desde tomar una decisión unipersonal más o menos inmediata por la vía O’Brien, ordenar a Doctrina de la Fe que asuma y reabra el caso al margen de la edad al estilo Rupnik, o encauzarlo al Dicasterio para los Obispos con el fin de estudiar desde allí sanciones que podrían alcanzar la misma severidad sin pasar por un juicio penal. Fuentes eclesiales insinúan que el Papa podría de cantarse por esta vía. Las sanciones que puede dictar el Dicasterio para los Obispos podrían alcanzar lo más cercano a una inhabilitación y retirada total. Se le podría prohibir ejercer el ministerio sacerdotal: ni misas en público ni direcciones espirituales… Además se le podría instar a vivir en un lugar retirado y vetar si participación en cualquier acto social. Solo el Dicasterio de la Fe o el Papa podrían expulsarlo del estado clerical, al que no llegó a pasar ni con O’Brien.

En paralelo, la víctima podría dar la batalla en España para lograr una indemnización. «Si yo fuera su abogado, sin duda llevaría el caso al Plan de Reparación Integral para Víctimas de Abusos de la Iglesia o al Defensor del Pueblo”. Con esta contundencia, se expresa uno de los canonistas, en tanto que las dos vías se han habilitado para abordar los casos prescritos por lo civil.






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