Sala Constitucional prohíbe el uso de este tipo de insecticida tras masiva muerte de abejas en Puntarenas
La Sala Constitucional ordenó retirar de circulación nacional todos los insecticidas que contengan el químico Fipronil, tras acreditar la grave afectación que este producto ha causado a las poblaciones de abejas en la zona de Lepanto, Puntarenas.
Mediante una resolución unánime, bajo el expediente 25-020934-0007-CO, el Tribunal concluyó que se configuró una transgresión al derecho de los ciudadanos a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.
El caso se originó a raíz de un recurso de amparo interpuesto por productores dedicados a la apicultura y meliponicultura, quienes desde el año 2024 documentaron una drástica mortandad en sus apiarios.
Según los denunciantes, se perdieron al menos 24 colonias de abejas nativas y se produjeron daños severos en más de 300 colmenas de Apis mellifera, lo que representó una reducción poblacional cercana al 70%.
Los apicultores vincularon esta crisis ecológica con la intensificación en el uso de insecticidas en las plantaciones de mango de la zona conocida como “La Penca”.
A pesar de la gravedad de la situación, los afectados denunciaron inacción estatal. Según el recurso, al acudir al Ministerio de Salud, al Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa) y al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), las autoridades no realizaron inspecciones oportunas y el Senasa apenas analizó una muestra inicial.
Para emitir el fallo, los magistrados se basaron en pruebas científicas:
- Reportes del Senasa y del Lanaseve confirmaron la presencia de Fipronil y su metabolito en las abejas muertas.
- Estudios del Instituto Regional de Estudios en Sustancias Tóxicas (IRET) de la Universidad Nacional hallaron el insecticida en niveles letales.
- Criterios de la Universidad de Costa Rica (UCR) documentaron la alta toxicidad para los polinizadores.
La sentencia ordena directamente a Luis Fernando Vargas Pérez, ministro a.i. del MAG, y a Luis Alberto Matamoros Cortés, director general del Senasa, acatar los parámetros del Decreto Ejecutivo N° 45522-MAG-S-MINAE y proceder a sacar el agroquímico del mercado de forma inmediata.
Los magistrados dejaron en claro que “la prohibición del insecticida Fipronil en nuestro país es absoluta” debido a los mortales efectos generados en las abejas, así como su impacto nocivo en la salud, la biodiversidad y el medio ambiente de Costa Rica.
Como medida preventiva, la Sala Constitucional instruyó al MAG a realizar una rigurosa supervisión en las fincas agrícolas para evitar el incumplimiento de la norma.
Finalmente, se condenó al Estado al pago de costas, daños y perjuicios. El Tribunal advirtió a las autoridades que el desatender esta orden constitucional conlleva penas de prisión de tres meses a dos años o de 20 a 60 días multa.
