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El 'indulto' llegó tarde para los lobos: 65 ejemplares muertos con una fórmula anulada por el Supremo

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El Alto Tribunal establece que no puede decretarse la caza indiscriminada de un número de ejemplares como han hecho Cantabria y Asturias, sino que la muerte "debe ser selectiva" y cuando sea "la única solución" tras haberse aplicado medidas de prevención

Casi 100 lobos ya tienen firmada su sentencia de muerte tras la argucia del PP para rebajar su protección legal

Como en un thriller judicial, el indulto llegó tarde. El Tribunal Supremo acaba de establecer que no puede decretarse la caza indiscriminada de lobos con el único pretexto de evitar daños al ganado. Los criterios fijados por los magistrados impiden abrir la veda “a un determinado número de individuos”, sin más concreción como han hecho Cantabria y Asturias en la temporada 2025-2026: 65 lobos han sido cazados con esta fórmula hasta ahora en ambas comunidades.

La decisión del Alto Tribunal se refiere a autorizaciones de 2021 por lo que, una vez más, la justicia llega tarde para el medio ambiente. Ambos gobiernos autonómicos han aprovechado una enmienda incrustada en la ley contra el desperdicio alimentario en 2025 –que modificó el listado de especies protegidas– para aprobar la muerte general de unos cien lobos que, lógicamente, no han contemplado los criterios conocidos en febrero de 2026.

La autorización del Principado de Asturias planeaba acabar con el 15% de la población de lobos, según sus cálculos, y la de Cantabria con el 20%.

Con ese permiso bajo el brazo –la enmienda legal está a la espera de una decisión del Tribunal Constitucional– en Cantabria han matado ya 35 de los 41 ejemplares condenados (a los que hay que sumar ocho “muertos por causas ajenas al control”, según el Ejecutivo regional). En Asturias han matado 28 lobos más otros 11 caídos “por otras circunstancias”.

Y la idea de ambos gobiernos, al menos justo antes de esta sentencia del Supremo, era seguir matando. A finales de enero, la consejera de Desarrollo Rural de Cantabria, María Jesús Susinos (PP), afirmaba tras contabilizar esos 43 lobos menos que “la población no disminuye lo que tendría que disminuir para que se reduzcan los ataques” y que “el número de lobos que campan a sus anchas por Cantabria hace insostenible su coexistencia con la ganadería en extensivo”.

Hace aún menos tiempo, a comienzos de febrero, el consejero de Medio Rural y Política Agraria asturiano, Marcelino Marcos (PSOE), avanzaba que “quedan dos meses por delante. Nuestro objetivo es tratar de cumplir el programa de control poblacional [que llega a 53 ejemplares matados]”.

¿Quién se va a hacer responsable de esas cazas, para nosotros, ilegales? ¿Cómo van a compensar esos daños? La pena es que cuando nos dan la razón, los ejemplares muertos son ya irrecuperables

Luis Suárez Coordinador de conservación de WWF

“¿Quién se va a hacer responsable de esas cazas, para nosotros, ilegales? ¿Cómo van a compensar esos daños?”, se pregunta el coordinador de conservación de WWF, Luis Suárez. Este biólogo considera que el Supremo “ha venido a darnos la razón cuando los grupos ambientalistas recurrimos estas decisiones de los gobiernos, la pena es que cuando nos dan la razón los ejemplares muertos son ya irrecuperables”. Y se queja de que casi ningún tribunal (excepto en Galicia) les ha concedido medidas cautelares que “habrían evitado todas esas cacerías”.

La casación explica que “la muerte del lobo solo es posible cuando constituya la única solución para evitar daños al ganado” por lo que, antes de cazar ejemplares hay comprobar que se han aplicado las medidas para evitar ataques. El rifle es el último recurso.

En este sentido destaca que la sentencia contra la autorización cántabra afea que “en 14 de las 18 explotaciones ganaderas afectadas por los ataques del lobo no han adoptado ninguna medida para evitarlo”. Y de las cuatro que sí, “solo una vigila diariamente el ganado”. El fallo resume: “En definitiva, ha sido omitida la imprescindible valoración de otras soluciones diferentes al sacrificio del lobo para evitar los ataques en la mayoría de las ganaderías”.

Además, “la extracción o muerte de ejemplares debe ser selectiva, por lo que no es posible permitir que se aplique de forma indiscriminada a un determinado número de individuos sin otra concreción” que es de lo que se han quejado los ecologistas cuando se publicaron las autorizaciones múltiples en 2025: decenas de lobos condenados sin especificar cuáles o qué características debe tener cada ejemplar abatido.

Los magistrados recuerdan que “la muerte de determinados ejemplares de la manada puede ser particularmente perjudicial”.

¿Cuál es la situación real?

Suárez insiste en que “el problema es el enfoque: matar como principal medida de reducción daños y para solucionar el conflicto social, primero es ilegal y segundo no reduces daños”.

Entre los criterios sobre la caza del lobo ahora señalados por el Tribunal Supremo se ha incluido que tiene que realizarse una “comprobación del buen estado de conservación de la especie”. No es suficiente, amplían, con mirar la población en “uno o varios municipios concretos”, sino que debe aplicarse “un estudio más extenso”.

A este respecto, hace solo un par de semanas, el Ministerio de Transición Ecológica solicitó por carta a las comunidades autónomas con lobos que informaran del “número de ejemplares que han sido extraídos letalmente del medio natural en tu comunidad autónoma durante el último año, incluyendo su edad y sexo y, en su caso, si se trataba de hembras gestantes” además de calcular el territorio de las manadas afectado por los incendios forestales de verano de 2025 para conocer el estado del Canis lupus.

Transición Ecológica quiere que los gobiernos autonómicos revisen sus censos ya que, sostienen, no cumplen con el rigor científico“ y por lo tanto, no ofrecen una imagen real de cómo está la especie en toda España. Este es el argumento utilizado por el Gobierno para no remitir a la Comisión Europea el informe sexenal sobre el estado de las especies de interés al que obliga la legislación de la UE. Bruselas ha abierto un expediente sancionador a España por este retraso.






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