Barcelona obliga a pagar ya las multas a no residentes: nueva ordenanza
El Ayuntamiento de Barcelona dio luz verde en diciembre de 2025 a una reforma significativa de la Ordenanza de Convivencia, cuyo objetivo declarado es adaptar la normativa al uso intensivo del espacio público y mejorar la convivencia ciudadana en una ciudad que ha cambiado mucho en los últimos 20 años.
Una de las novedades más polémicas y prácticas es el refuerzo del cobro efectivo de sanciones por actos incívicos cometidos en la vía pública. La reforma incluye explícitamente el mandato de cobrar in situ las multas impuestas a personas no residentes para evitar que se marchen sin pagar y que las sanciones queden en la impunidad.
Multas al instante: cómo funciona
| Concepto | Detalle | Fuente |
|---|---|---|
| Pago inmediato | Obligatorio para no residentes tras la infracción | Ajuntament Barcelona |
| Infracciones leves / graves / muy graves | Todas serán susceptibles de cobro instantáneo | Ajuntament Barcelona |
| Multas por conducta | Consumo alcohol con menores, hasta €1.500; rutas etílicas, hasta €3.000 | Ajuntament Barcelona |
La idea del Ayuntamiento es sencilla: si alguien que no reside en Barcelona comete una infracción (como consumir alcohol en espacios públicos con menores cerca, participar en “rutas etílicas”, orinar en zonas sensibles o promover grafitis no autorizados) los agentes de la Guardia Urbana podrán exigir el pago en el momento, con dispositivos electrónicos a pie de calle.
Este procedimiento se aplicará tanto a infracciones leves como a las graves o muy graves, un cambio frente a la práctica tradicional, en la que la sanción se remitía al domicilio del sancionado y el pago podía aplazarse o recurrirse posteriormente.
¿Quiénes están sujetos a esta obligación?
- No residentes en Barcelona: pagarán las multas al instante tras la denuncia para asegurar el cumplimiento efectivo.
- Residentes locales: mantienen los procedimientos habituales de notificación y plazos para abonar o recurrir sanciones, aunque la Guardia Urbana también puede cobrar in situ en algunos casos de infracciones leves.
Nuevas sanciones y agravantes
La reforma no solo cambia la recaudación, sino también el catálogo de infracciones y sus cuantías. Entre los puntos más destacados:
- El consumo de alcohol en espacios con presencia de menores puede acarrear multas de hasta €1.500.
- Las llamadas “rutas etílicas” —circuitos organizados de bares o locales que fomentan el consumo en cadena— están prohibidas y sancionadas con multas de hasta €3.000.
- Orinar en espacios sensibles o monumentos públicos puede suponer sanciones elevadas, hasta €750 o más, según el contexto.
- Acciones como pintar grafitis no autorizados y no diluir las micciones de animales también han sido incorporadas como infracciones específicas.
Más allá del pago: ajustes en descuentos
Otra modificación importante que acompaña al pago inmediato es la reducción de los descuentos por pronto pago para todos los sancionados: los porcentajes bonificados han caído respecto al modelo anterior, haciendo menos ventajoso aplazar el pago.
Críticas y debate ciudadano
No han faltado voces críticas. Organizaciones sociales y asociaciones de derechos humanos han advertido de que este enfoque punitivo puede afectar de forma desproporcionada a colectivos vulnerables, como personas sin hogar que ya sufren multas recurrentes por situaciones ligadas al espacio público.
Desde el consistorio, sin embargo, se argumenta que la actualización era necesaria para responder a una ciudad que ha cambiado demográficamente, socialmente y en su utilización del espacio urbano, y que la eficacia del sistema de sanciones hasta ahora era insuficiente.
¿Cuándo entra en vigor?
La ordenanza fue aprobada en diciembre de 2025 y está prevista para entrar en vigor a principios de febrero de 2026. En ese momento, tanto visitantes como residentes deberán adaptarse a este nuevo marco sancionador que pone el foco en la convivencia y la gestión del espacio público.
