La OCDE anuncia un acuerdo global para la aplicación de un impuesto mínimo a las multinacionales que excluye a EEUU
El objetivo es establecer un tipo mínimo del 15% en el impuesto de sociedades que si no lo cobraba el país en que una multinacional tiene su sede lo harían las jurisdicciones en que esa empresa tiene actividad
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Más de 145 países y jurisdicciones han dado su visto bueno para las reglas de aplicación del impuesto mínimo a las multinacionales que se lleva años negociando y que incluyen un mecanismo particular de exención para las compañías estadounidenses ante la amenaza de Washington de quedarse fuera del dispositivo.
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), que anunció este lunes el acuerdo, lo presentó en un comunicado como una “solución yuxtapuesta” que supone “un gran compromiso político y técnico que sentará las bases de la estabilidad y de la seguridad jurídica del sistema fiscal internacional”.
También aseguró que además de mantener los logros que se habían obtenido durante el largo proceso negociador, que había dado lugar a un primer acuerdo en octubre de 2021, y “garantizará la capacidad del conjunto de las jurisdicciones, en particular los países en desarrollo, para ejercer sus derechos de imposición prioritarios sobre los beneficios generados en su territorio”.
El proceso negociador del marco inclusivo se concibió con el objetivo de establecer un tipo mínimo del 15% en el impuesto de sociedades que si no lo cobraba el país en que una multinacional tiene su sede lo harían las jurisdicciones en que esa empresa tiene actividad.
Según las explicaciones de la OCDE, hay cinco elementos clave en el compromiso sobre las líneas directivas para el impuesto mínimo, pero hay uno particularmente controvertido sobre el sistema diferenciado para las compañías estadounidenses, aunque no se presenta así.
En su comunicado, recogido por la agencia EFE, la OCDE habla de “la instauración de nuevos regímenes de protección para los grupos multinacionales cuya casa matriz esté situada en una jurisdicción elegible que cumple criterios de imposición mínima”.
Eso deriva de un compromiso alcanzado a finales de junio de 2025 por los países del G7 (y criticado entonces por España) por el que se permite mantener a Estados Unidos su régimen sobre los beneficios obtenidos por sus multinacionales en el extranjero, que no se corresponde con la lógica que se había instaurado en la negociación de la OCDE sobre un impuesto mínimo mundial.
Los otros miembros del G7 lo aceptaron ante la amenaza de la Administración de Donald Trump de salirse del llamado “marco inclusivo” porque se oponía --según su propia lógica-- a que otros países pudieran aprovecharse del efecto de algunas de sus incitaciones fiscales para sus multinacionales por su actividad en el exterior.
Ese primer acuerdo del G7 se ha trabajado en estos últimos meses con el resto de los miembros del marco inclusivo.
Más allá de esta cuestión particularmente polémica, el acuerdo anunciado este lunes incluye otros puntos, como medidas de simplificación que disminuirán el coste para las multinacionales y para las administraciones fiscales para su cálculo y para su declaración.
Además se establece “más coherencia” en los dispositivos de incitaciones fiscales y “un balance basado en pruebas para garantizar que se mantenga la igualdad de condiciones para todos”. Esos elementos también incluyen a Estados Unidos.
La OCDE igualmente señaló que estas líneas directrices consensuadas significan “la confirmación de que el impuesto complementario mínimo cualificado cobrado localmente es un pilar esencial del marco del impuesto mínimo mundial, que garantiza la protección de las bases de imposición locales, en particular en los países en desarrollo”.
Par el secretario general de la OCDE, Mathias Cormann, el acuerdo “constituye una decisión histórica en materia de cooperación fiscal internacional”.
