El juez desoye a Ábalos y Koldo y no paraliza la última fase hacia el juicio
El instructor del "caso Koldo" se niega a suspender el plazo para que los abogados de José Luis Ábalos y Koldo García presenten sus escritos de defensa. El magistrado Leopoldo Puente rechaza así la petición efectuada por los letrados de ambos, que solicitaron al juez que paralizase ese plazo a la espera de que la Sala Penal resuelva varios recursos de apelación pendientes.
En el auto de apertura de juicio oral del pasado día 11, Puente dio traslado a las defensas de los procesados de los escritos de acusación -que reclaman para Ábalos penas de entre 24 y 30 años de prisión y de 19 a 30 para Koldo- para que en el plazo de diez días formalizasen sus escritos de defensa. Una cuenta atrás que el exministro y quien fuera su asesor pretendían ahora dejar en suspenso hasta que sus recursos de apelación estuviesen resueltos.
Y es que la Sala ha fijado el próximo 15 de enero como fecha para la deliberación, votación y fallo de esos recursos que según las defensas afectan a aspectos esenciales para la elaboración de sus escritos.
Sin embargo, el magistrado del Tribunal Supremo les recuerda que la interposición de esos recursos no tiene efectos suspensivos, lo que según los acusados vulnera su derecho de defensa.
La ley no contempla la suspensión
El artículo 784 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal -señala el juez- fija el plazo para presentar el escrito de defensa tras decretarse la apertura del juicio oral, precisando los efectos de que transcurra el plazo sin haberlo presentado (se entiende en ese caso que se opone a la acusación y el procedimiento sigue su curso), "sin que se contemple la suspensión de dicho plazo para el caso de que pudieran pender recursos de apelación interpuestos por la parte".
No se trata, deja claro, de ninguna "laguna legal" que obligue a aplicar otra disposición normativa de forma supletoria (como pretendía la defensa de Koldo), sino "del puro y simple establecimiento de una norma específica de aplicación directa en el procedimiento".
Todo ello, matiza no obstante, "sin perjuicio de los efectos que sobre el procedimiento determinaría la eventual estimación de alguno de los recursos de apelación pendientes".
La defensa de Koldo García, que ejerce la letrada Leticia de la Hoz, aseguró que de no suspenderse ese plazo le resultaría imposible diseñar una "estrategia de defensa completa" ante el riesgo de que se produzca una "resolución contradictoria", por lo que invocó el "principio de computación real del plazo" para pedir esa moratoria.
Petición de expulsión del PP
Por su parte, el abogado de Ábalos, Carlos Bautista, puso sobre la mesa que dado que ha solicitado la expulsión de la causa de los partidos políticos y que el PP firma el escrito de acusación de la acción popular, hasta que no se resuelva su recurso contra esa decisión no puede saber si su escrito de defensa "tiene que rebatir únicamente la acusación del fiscal -porque se haya expulsado a la acción popular- o si, por el contrario, tiene que dar respuesta a ambas acusaciones".
La abogada del exasesor de Ábalos se quejó de que se veía "obstaculizada" en su labor por la existencia de varios recursos "que cuestionan la denegación de diligencias de investigación esenciales para la formulación de la defensa".
En particular, recuerda, ha recurrido la negativa del instructor a la declaración de varios testigos vinculados a la auditoría que encargó en agosto del pasado año el actual ministro de Transportes, Óscar Puente, a raíz del "caso Koldo", y a la elaboración de un informe por la Guardia Civil sobre "los accesos a las bases de datos policiales".
El escrito "podría quedar obsoleto"
Para la letrada, resulta "imperativa" la "necesidad de someter a control judicial el informe del Ministerio de Transportes, cuya naturaleza y conclusiones resultan nucleares para el proceso".
Una petición que denegó el instructor alegando su "inutilidad" y el "carácter perjudicial de las pruebas" solicitadas, incidiendo en que instrucción de un procedimiento no debe constituir un "ensayo general" del juicio. Algo que, según la abogada de Koldo, limita su "horizonte de investigación".
Y es que para De la Hoz, si finalmente se estiman las diligencias solicitadas, su escrito de defensa ya presentado "podría quedar obsoleto e insuficiente".
"La continuidad del plazo en estas circunstancias -advertía- generaría un riesgo evidente de indefensión" al cercenarse "la posibilidad de proponer la prueba adecuada que surja de las diligencias cuya práctica se está solicitando en apelación".
El plazo procesal -exponía- "debe computarse desde que la parte se encuentra en condiciones materiales y jurídicas de ejercer su derecho de defensa". Algo que en su opinión no sucede en estos momentos.
