Juzgado civil ordena a herederos de Pinochet pagar más de 16 millones de dólares al Fisco
Casi siete años después de que la Corte Suprema dictara la sentencia que puso fin al denominado caso Riggs —en que se persiguieron los delitos de malversación de caudales públicos de Augusto Pinochet— el 7° Juzgado Civil de Santiago dictó su resolución respecto de una demanda ingresada por el Consejo de Defensa del Estado (CDE). Mediante la acción, el organismo estatal busca recuperar el dinero que, hasta ahora, no ha sido objeto de comiso.
Según recoge el diario El Mercurio, el tribunal acogió la demanda presentada por el CDE en la que se persigue el provecho del dolo ajeno por parte de los miembros de la sucesión de Pinochet, por lo que ordenó la restitución de más de 16 millones de dólares.
En la lista de herederos se incluye a la fallecida esposa del dictador, Lucía Hiriart y otras 15 personas que son parte de su descendencia. Se trata de un fallo de primera instancia, por lo que aún podría ser llevado a la Corte de Apelaciones y eventualmente a la Corte Suprema.
Ingresos sin justificación
En la resolución de 52 páginas, el 7º Juzgado Civil de Santiago señala que: “Pese a que no fue posible hacer efectiva la responsabilidad penal del Sr. Pinochet Ugarte por su fallecimiento, se encuentra acreditado (…) que este incurrió en conductas que importaron sustracción de caudales públicos, estimándose que sus ingresos sin justificación ascendieron al menos a US$ 17.886.323, cuyo origen se encuentra en los fondos de gastos reservados asignados a la Presidencia de la República, a la Casa Militar y a la Comandancia en Jefe del Ejército de Chile”.
“Así las cosas, la cuantía del provecho susceptible de ser percibido por los demandados consiste en la parte del patrimonio de origen ilícito del causante que no fue objeto del comiso, monto que asciende a la suma total de US$ 16.244.768,74, de modo que la distribución del provecho entre la sucesión deberá hacerse a prorrata de sus derechos en la herencia”, dice la sentencia.
Tal cantidad, indicaron desde el tribunal, debe ser pagada en pesos chilenos conforme al valor de la moneda norteamericana a la época del pago, más “intereses corrientes para operaciones reajustables a partir de la fecha en que los demandados incurran en mora y hasta el pago efectivo”.
Descartan que acción civil esté prescrita
Ante el intento por parte de los familiares de Pinochet para que se declare prescrita la acción, el fallo advierte que ese plazo debe “computarse desde que efectivamente los herederos podían recibir el provecho, lo que, como lo ha sostenido la tesis fiscal, se produjo una vez dictada la sentencia de reemplazo por la Excma. Corte Suprema con fecha 24 de agosto de 2018, puesto que desde este momento la situación jurídica de los demandados en torno al patrimonio disputado quedó finalmente delimitada, surgiendo el provecho para los herederos en relación a la parte del haber de su causante que no quedó afecta a la pena de comiso”.
“Desde esta fecha, y hasta la notificación de la demanda a los demandados, no transcurrió el cuadrienio (cuatro años) que contempla el artículo 2332 del Código Civil para declarar la prescripción de la acción”, zanjaron.
Tras el fallo de primera instancia, el presidente del Consejo de Defensa del Estado, Raúl Letelier, afirmó que “la demanda por provecho del dolo ajeno que hoy acoge íntegramente la justicia forma parte de un conjunto de acciones materializadas por el Consejo de Defensa del Estado para reparar los exorbitantes perjuicios ocasionados por la malversación de fondos públicos cometida por Pinochet y sus colaboradores”.
