Sara Lozano: votación a distancia 2/3
La urna electrónica fue el tema de nuestra publicación más reciente, se trata de un instrumento que resolvería los problemas de sumas que suelen presentar las actas de la elección. Lo que suele suceder es que estas actas presentan inconsistencias porque se deben hacer una serie sumas desde diferentes perspectivas para asegurarse que los resultados son iguales desde un criterio y otro, incluyendo la compleja distribución de votos para el cálculo de la representación proporcional.
Si hablamos de la votación a distancia se orienta más hacia el reto digital. Aquí se refiere a otro tipo de solución en donde la ciudadanía votante –la que no está en la mesa directiva de casilla– empieza a encontrar beneficios para votar porque no tiene que asistir presencialmente a una casilla.
El voto de las personas residentes en el extranjero es la manera como se ha implantado esta modalidad. Aun así, la ciudadanía tiene que dar una serie de vueltas a embajadas/ consultados, y llevar a cabo procesos en Internet para identificarse, reidentificarse y autenticarse. Son procedimientos que disuaden cualquier intención de participación y sin mucha cobertura, los traslados se multiplican si la persona no reside en una ciudad en donde se encuentren estos espacios públicos.
No existe un culpable, ni es una solución simple. Buena parte de lo que ha hecho el INE en la agenda de ampliación de derechos requiere de la voluntad política de los actores estratégicos en el Consejo General, o sea, incluye a las representaciones partidistas. El voto en el extranjero ha evolucionado en apego estricto a la ley, con acciones determinaciones progresistas también del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, pero materializadas a través de la legalidad no de la funcionalidad para el/la votante.
El proceso requiere al menos el registro presencial de la persona con intenciones de votar, la credencial de elector vigente, la confirmación del registro en línea, la recepción de los códigos de autenticación generados y su correspondiente confirmación. Si además la persona residente en el extranjero necesita actualizar su credencial de elector estos trámites aumentan, además de la identificación de la persona se necesita la confirmación después de la recepción de la credencial y su activación.
Esto es lo vigente para una votación a distancia, queda mucho por hacerse por y para la ciudadanía. Porque también hay personas que por circunstancias de la vida no están en la sección electoral en la que viven, las casillas especiales en aeropuertos, centrales de camiones, hospitales, hacen una función importante pero muy limitada. La ley sólo permite 750 boletas por casilla y la presencialidad es obligada.
Aunque se considera un avance la votación a distancia, resulta tortuosa desde la perspectiva de la persona que tiene la intención de votar desde donde se encuentre. Además de disuasivo, el procedimiento resulta obsoleto y frustrante cuando las nuevas tecnologías permiten tantas actividades sin condicionar la presencialidad.
