Primera Sala de Corte revisará caso de Los Avispones
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolverá por vez primera un caso relacionado con un jugador del equipo de futbol de Los Avispones de Chilpancingo, que resultó herido durante los ataques que se suscitaron en Iguala el 26 y 27 de septiembre de 2014, incidentes que derivaron en la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa.
Varios amparos de estos jugadores han sido revisados por la Segunda Sala de la Corte, pero la importancia de que la Primera Sala revise el tema, explicó a MILENIO el abogado Jhovani Eduardo Limón Osorio, es que los criterios sobre daños punitivos son distintos y pueden favorecer más a las víctimas.
El ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea propuso este miércoles a sus homólogos de la Primea Sala ejercer su facultad de atracción para conocer este caso, propuesta que fue avalada y permitirá determinar qué medidas se deben otorgar al deportista para que se le reparen los daños que sufrió.
Zaldívar sostuvo que conocer el asunto permitiría a la Primera Sala fijar un criterio que resuelva cómo se satisface la reparación integral del daño de las víctimas, cómo se deben compensar los daños morales sufridos en estos casos y qué lineamientos deben seguirse para garantizar la integridad física y psicológica de las víctimas, entre otras cuestiones.
Limón Osorio mencionó que “los criterios de la Primera Sala son diferentes a los de la Segunda y realmente creo que serán más benéficos los de la Primera Sala para los quejosos y lo relevante de eso es que nosotros pedimos daños punitivos, figura que fue creada por la Primera Sala; la Segunda Sala está en contra de la existencia de dicha figura”.
El litigante, explicó que los daños punitivos tienden a dos cosas: disuadir conductas ilícitas futuras; este objetivo se logra por medio de una condena económica significativa, porque con ello la parte condenada evitará realizar este tipo de conductas ilícitas para no ser condenado de nuevo a pagar una cuantía similar.
Asimismo, busca ver cumplidos los deseos de la víctima “a través de la cuantía económica significativa, pues con ello la víctima ve sus deseos de justicia cumplidos, pues el victimario tuvo una consecuencia negativa por su actuar ilícito, la cual consiste en la condena económica significativa, aunado que dicha cuantía representa una reparación integral”.
El 26 de septiembre de 2014, varios adolescentes de entre 14 y 17 años, del equipo de futbol viajaban en un autobús hacia Chilpancingo para regresar a sus casas después de haber jugado un partido de la tercera división contra el equipo de Las Iguanas.
Cuando regresaban a Chilpancingo, la madrugada del 27 de septiembre, fueron baleados; hombres vestidos de negro dispararon contra el autobús y el chofer de la unidad perdió el control e impactó el camión contra un alud de tierra.
Los jugadores lanzaron gritos a sus agresores para que dejaran de disparar y repetían que eran futbolistas; sin embargo, los delincuentes continuaron disparando. En el incidente, un menor de edad perdió la vida.
Las víctimas y su familia solicitaron a la Comisión Nacional de Víctimas que se les repararan los daños que sufrieron por esos hechos. Agotados los trámites, dicha Comisión dictó una resolución en la que emitió un plan de reparación. Sin embargo, las víctimas promovieron amparo en contra de dichas medidas al considerar que eran notoriamente insuficientes.
nerc