El uso de protección no impide cobrar el plus por ruido fuerte
El Tribunal Supremo (TS) establece que la cantidad de ruido soportado en el trabajo se mide por los decibelios que hay en el puesto laboral, sin el uso de los cascos de protección. La sentencia, de 20 de junio de 2018, asegura que el trabajador tiene derecho al plus salarial por los altos sonidos si los decibelios superan el umbral en su lugar de trabajo, aunque use herramientas de protección que amortigüen el estruendo, salvo que el convenio precise que la medición se haga con los cascos puestos.